Información
especificada en Art. 29 de Código fiscal de la Federación y
Resolución Miscelánea Fiscal (Fecha y hora de emisión, datos del
emisor, datos del receptor, cantidad, impuestos, etc.).
Numero de certificado de
sello digital: Es un documento
electrónico proporcionado por el SAT (*.cer), que esta vinculado al
certificado de FEA (Tu firm@) y por lo tanto a la identidad del
propietario, cuya función es habilitar al titular para emitir y
sellar digitalmente Facturas Electrónicas u otro tipo de CFD.
Folios y Series:
Una Factura Electrónica u otro tipo de Comprobante Fiscal Digital (CFD)
esta amparada fiscalmente con un folio electrónico que fue
autorizado por el SAT a través de un número de aprobación, ambos
datos deberán aparecer en la Factura Electrónica
Sello digital:
Conjunto de datos asociados al emisor y a los datos del documento
por lo tanto es único e irrepetible por documento. Es el elemento de
seguridad en una factura ya que a través de éste se puede detectar:
si un mensaje ha sido alterado (integridad), determinar quién es el
autor del documento (certidumbre de origen) y capacidad de impedir
que el autor del sello digital niegue haber sellado el mensaje (no
repudio).
Formato Electrónico:
El formato electrónico para generar y resguardar datos fiscales es
XML y está regulado por el SAT bajo las especificaciones del Anexo
20 de Resolución Miscelánea Fiscal. Dentro de la Factura Electrónica
existe un apartado llamado <addenda> dentro del cual se define datos
comerciales ó del negocio (códigos de barras, numero de proveedor,
numero orden de compra, etc.) en formato electrónico regulado por
AMECE (XML y EDIFACT)
Dentro del formato XML definido por el SAT, existe un apartado
llamado >
Cadena original y leyenda en
caso de impresión: Todas las
Facturas Electrónicas que sean impresas deberán portar la leyenda
“Este documento es una impresión de un comprobante fiscal digital”.
Así como la cadena original la cual es una secuencia de datos
formada con la información fiscal contenida dentro de la Factura
Electrónica ó cualquier CFD, la cual debe ser generada bajo las
especificaciones establecidas por el SAT en el Rubro C de su Anexo
20.